El Pleno del Senado aprobó este miércoles la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo. El texto ha salido adelante con 239 votos a favor, ninguno en contra ni abstenciones y sin introducir ninguna de las 68 enmiendas presentadas, por lo que la normativa queda aprobada de manera definitiva sin necesidad de volver al Congreso de los Diputados, y se publicará directamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Algunas de las medidas contempladas en esta ley son:
- Ampliación a un año de la tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos y que se puedan acoger a ella las mujeres que reemprendan tras el período de maternidad.
- Bonificación al 100 % la cotización a la Seguridad Social para los autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad o adopción.
- Desgravación hasta 26,67 euros diarios por gastos de manutención, y un 30 % de la parte de los gastos de suministros atribuibles a la actividad económica.
- Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización y darse de alta y baja en el Régimen Especial (RETA) hasta tres veces al año para pagar por los períodos efectivamente trabajados.
- Los recargos por retraso en el pago a la Seguridad Social en el primer mes se reducen del 20 % al 10%.
- Desvinculación de la subida del salario mínimo interprofesional de la base de cotización mínima
- Compatibilización del trabajo autónomo con la percepción del 100 % de la pensión si el autónomo tiene contratado, al menos, a un trabajador.
En paralelo, la subcomisión parlamentaria que estudia la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) debe abordar cambios más profundos en este sistema, como definir el tiempo parcial para los autónomos o revisar la figura del autónomo económicamente dependiente o ‘trade’.
El compromiso de los partidos políticos es que la subcomisión emita un informe sobre las modificaciones que se deben acometer en el régimen de los autónomos el año que viene.